jueves, 22 de octubre de 2009

Asamblea da categoría constitucional al Defensor del Pueblo


SANTO DOMINGO.-La Asamblea Nacional Revisora, aprobó en segunda lectura la creación constitucional de la figura del Defensor del Pueblo, el cual será una autoridad autónoma e independiente en sus funciones durante un período de seis años.

Los asambleistas establecieron que la función esencial del Defensor del Pueblo, es contribuir a salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos y difusos establecidos en las leyes y la carta magna, en casos de que sean violados por funcionarios, prestadores de servicios públicos o particulares.

El defensor del Pueblo, y sus adjuntos serán nombrados por el Senado por un período de seis años, de ternas propuestas por la Cámara de Diputados y permanecerán en sus cargos hasta que sean sustituidos.

Los asambleístas acordaron que si en 152 días hábiles de trabajo la Cámara de Diputados no ha escogido al Defensor del Pueblo, este será electo por el Senado.

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